jueves, 20 de mayo de 2010

Señales de obligación.


En este conjunto de imágenes podemos ver casi todas las señales existentes de obligación en puestos de trabajo, por orden, estas señales significan obligación para:

- Uso de gafas.
- Uso de casco.
- Uso de protectores auditivos.
- Uso de máscara.
- Uso de calzado de seguridad.
- El paso para peatones.
- Uso de ropa protectora.
- Uso de casco y protectores auditivos.
- Uso de casco y gafas.
- Uso de casco, gafas y protectores auditivos.
- Uso de la pantalla protectora.
- Uso de casco y equipo autónomo.
- Uso de mascarilla.
- Uso de protectores auditivos y gafas.
- Uso de gorro.
- Obligación general.
- Lavarse las manos.
- Protección anticaída.

viernes, 14 de mayo de 2010

Blog sobre seguridad en los túneles.

Dando una vuelta por la web y haciendo diferentes búsquedas, encontre a Ignacio García Urquizo, Jefe de Turno y Responsable de Formación del Servicio de Bomberos de Castro Urdiales. Este hombre, además de su labor como bombero de túneles, parece ser que ha decidido informar al mundo, de una forma diferente, de las novedades y procedimientos de esta temática.

En su blog (http://seguridadentuneles.blogspot.com/) nos habla principalmente de eso, de la seguridad en los túneles, con entradas tan interesantes como sistemas de detección automática de incendios en túneles o diferentes videos de incidentes y evacuaciones en distintos puntos. Aquí podemos ver un túnel de Alemania:


jueves, 22 de abril de 2010

Composición de un EPI categoría 3 (para altura).

Los EPI de categoría 3 son los que se utilizan para prevenir las caídas de altura, ya que protegen a las personas de riesgos mortales o gravemente perjudiciales para su salud. Los EPI deben satisfacer las exigencias técnicas esenciales de seguridad y salud. Están concebidos para asegurar el más alto nivel de protección posible respetando siempre la ergonomía y comodidad del usuario.



Exigencias de información al consumidor:
Todos los EPI deben acompañarse de una ficha técnica del fabricante indicando especialmente:
• Las instrucciones de manejo, almacenamiento, limpieza, mantenimiento y revisiones.
• Las prestaciones y los exámenes técnicos.
• Las instrucciones de compatibilidad con otros productos.
• Los límites de utilización.
• Las fechas y plazos de caducidad.
• Una ficha descriptiva del seguimiento (nombre y dirección del fabricante, número de serie, año de fabricación, fecha de compra, fecha de la primera utilización, nombre del usuario y un espacio para comentarios).
• Así como cualquier información necesaria para su correcta utilización.

lunes, 19 de abril de 2010

Definición de EPI.

Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.
Fuente: Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas a la utilización de Equipos de Protección Individual.

jueves, 15 de abril de 2010

Curso de protección anticaídas en torres de telecomunicaciones.


OBJETIVO:

Facilitar al trabajador los conocimientos básicos para evaluar los riesgos, obligaciones y responsabilidades para prevenir las caídas de altura en aquellas labores de seguridad o prevención relacionadas con trabajos de altura en estructuras o torres de telecomunicaciones.

CONTENIDO:

El contenido está estructurado según el nivel de conocimientos necesarios para los trabajadores que prestan sus servicios con el riesgo de caídas de altura en estos lugares de trabajo:


• Introducción y concienciación sobre responsabilidad y seguridad.
Conocimientos básicos sobre prevención de riesgos laborales: normativa, epis, señalización de seguridad, señales gestuales, leyes y normas de referencia, etc.

• Información relativa a los Equipos de Protección Individual (EPI), tanto equipos personales y auxiliares como de grupos de trabajo, con sus componentes y resistencias, así como sus formas de uso correcto y el cuidado y mantenimiento de todo el equipo y material técnico descrito anteriormente.

• La denominación y aplicación y resistencias correspondientes a los nudos con cuerdas, cordinos o cintas habituales en la instalación de líneas de vida portátiles, o sistemas de seguridad anticaídas.

• Anclajes más usuales donde conectar las cuerdas o sistemas de seguridad así como su correcta instalación en diferentes soportes estructurales de los lugares nombrados de trabajo, las resistencias exigibles a éstos y la fijación de sistemas de seguridad.

• También se ofrece información sobre la utilización de los componentes del equipo de protección individual relacionados entre sí, y con las líneas de vida, dependiendo de la morfología del lugar y del tipo de trabajo a efectuar. Es decir cómo utilizar los Epis para subir, bajar, desplazarse o estar sujetos a las cuerdas, anclajes o líneas de vida. Está incluido también el uso y conocimiento de poleas y demás elementos auxiliares y/o complementarios que hacen más cómodas estas labores. Incluido técnicas básicas de rescate de un herido e izado de cargas.

Cuando el operario haya finalizado la formación teórica y practica de este curso, con demostrado aprovechamiento del mismo, podrá realizar con más seguridad aquellos trabajos que conlleven el riesgo añadido de caída de altura en estos lugares de trabajo.

lunes, 12 de abril de 2010

Algunas normativas y siglas.

A continuación os presentamos algunas normativas y siglas relacionadas con el tema que estamos tratando:

UE RoHS 2002/95/EC: Restricción de uso de algunas sustancias peligrosas.

Real Decreto 208/2005: Elementos comprendidos al ámbito de Equipos de informática y telecomunicaciones.

BIPM: Oficina Internacional de Pesas y Medidas.

CEM: Centro Español de Metrología.

VIM: Vocabulario Internacional de términos fundamentales de generales de Metrología.



sábado, 10 de abril de 2010

Enfermedades laborales.

Existen diferentes tipos de enfermedades laborales, en este post vamos a intentar enumerar algunas de ellas. Únicamente se consideran enfermedades profesionales las previstas en el cuadro que aparece en el Anexo del R.D. 1995/78, de 12 de mayo. El resto de enfermedades laborales, todas aquellas originadas por el trabajo pero que no están listadas, se consideran enfermedades comunes. A partir de este gráfico podemos observar los porcentajes de las enfermedades laborales: